1 de septiembre de 2019. Alianza Venezolana por la Salud. Declaración Sobre la resolución N° 075 del Ministerio del Poder Popular para la Salud, que ignora y prescinde de la ley del Medicamento

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 Desaplica los procedimientos regulatorios que deben garantizar la calidad, efectividad y seguridad del medicamento y permite la importación de productos farmacéuticos no registrados, por empresas no domiciliadas en el país.  Desde el 4 de abril del presente año, está vigente en nuestro país, la Resolución N° 075 (R75) del Ministerio del Poder Popular para la Salud de la República Bolivariana de Venezuela, (MPPS) publicada en la Gaceta Oficial No. 41.610, cuyo objeto es, “el establecimiento de un régimen especial, de carácter transitorio, a través de la implementación de medidas dirigidas a las empresas farmacéuticas no domiciliadas en la República Bolivariana de Venezuela, para la importación y comercialización de productos farmacéuticos no registrados en el país, ni aprobados como medicamentos de servicio en el territorio nacional, para atender oportunamente problemas de disponibilidad y acceso, dentro de los estándares de control sanitario de la República Bolivariana de Venezuela.”El propósito de la presente Declaración es  llamar la atención sobre las graves consecuencias sobre la salud de la población, derivadas de  la aplicación de este procedimiento sublegal, que viola los principios fundamentales de la ley del Medicamento y desecha los procedimientos regulatorios que permiten garantizar la calidad, efectividad y seguridad  del medicamento. Resulta indispensable informar y alertar oportunamente a las población sobre la R75, que no ha sido divulgada por el aparato comunicacional y de propaganda del régimen, desde su publicación hace 4 meses en Gaceta Oficial.